Autoriza Cofece la compra de Masisa de parte de Arauco

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La compra venta “tendría pocas probabilidades de afectar el proceso de libre concurrencia y competencia económica”

 

A decir de los interesados, la compra de Masisa por parte de Arauco sí afecta el mercado e incluso podría condicionar los precios a la alza. Y “el ejercicio exclusivo de una actividad, con el dominio o influencia consiguientes” podría determinar una situación de mercado que afecte a la industria del mueble.

 

En su momento, posterior a la compra de Rexcel, Masisa obtuvo más del 70% del control del mercado, ahora con la aparición de nuevos o fortalecidos actores (Duraplay, Proteak, Emman, Taosa) las condiciones no son las mejores para determinar una libre competencia.

 

Arauco y Masisa revelaron el pasado 18 de enero 2019 la modificación al contrato de compraventa suscrito en diciembre de 2017 para la adquisición por parte de la compañía del grupo Angelini de activos industriales en México con lo que la operación finalmente contemplará dos complejos ubicados en Durango y Zitacuáro por un total de US$160 millones.

 

Informaron que “la operación de compra se concretará el 31 de enero 2019 tras haber recibido la aprobación por parte de la autoridad de libre competencia de México”. Luego de esto, Arauco alcanzaría una capacidad instalada de 10 millones de m3 de paneles de madera, consolidando su posición como segundo productor a nivel mundial.

 

La situación de la compra/venta así fue determinada por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece):

 

El 29 de enero de 2018, Masisa, S.A. (Masisa), Masisa Overseas Limited (Masisa Overseas), Inversiones Arauco Internacional Limitada (Arauco Internacional) y Araucomex, S.A. de C.V. (Araucomex y junto con Masisa, Masisa Overseas y Arauco Internacional, los Notificantes); notificaron a la Comisión su intención de realizar una concentración (Escrito de Notificación), conforme a lo establecido en el artículo 90 de la LFCE.

 

El 6 y 15 de marzo de 2018, los Notificantes presentaron la totalidad de la información y documentación requerida mediante el Acuerdo de Prevención.

 

El 17 de septiembre de 2018, se presentó en las oficinas de estas Comisión el representante común de los Notificantes de conformidad con lo ordenado mediante proveído de trece de septiembre de dos mil dieciocho. En la reunión de referencia, el Secretario Técnico de esta Comisión comunicó a los Notificantes que la concentración notificada presentaba posibles riesgos al proceso de competencia y libre concurrencia.

 

El 10 de octubre 2018, los Notificantes presentaron una propuesta de condiciones a efecto de corregir los posibles riesgos que le fueron comunicados a los Notificantes. En consecuencia, el plazo de sesenta días con los que cuenta esta Comisión para emitir su resolución comenzó a contar desde su inicio a partir del 10 de octubre de 2018.

 

El 28 de noviembre de 2018, los Notificantes presentaron una ¡ modificación a la concentración notificada, manifestando que “(. . .) a efecto de eliminar los ~ Riesgos Identificados por esa Comisión, las Partes están finalizando la negociación de los términos y condiciones de una modificación a la estructura de la Operación / concentración que sería implementada por las Partes consistiría en la adquisición, directa o indirecta, por parte de los Compradores del 100% del capital de las Sociedades Objetivo.

 

La concentración notificada consiste en la adquisición, directa o indirecta, por parte de Arauco Internacional y Araucomex del del capital social de Masisa.

 

La operación no cuenta con cláusula de no competencia.

 

Del análisis realizado por esta Comisión se considera que, de llevarse a cabo la concentración notificada, tendría pocas probabilidades de afectar el proceso de libre concurrencia y competencia económica.

 

 

Resolución Expediente CNT-016-2018

 

Se autoriza la realización de la concentración notificada relativa al expediente en que se actúa, en los términos de esta resolución.

 

Esta resolución se otorga sin prejuzgar sobre otras autorizaciones que en su caso deban obtener los agentes económicos involucrados en la concentración de otras entidades u órganos gubernamentales, ni sobre la realización de prácticas monopólicas u otras conductas anticompetitivas que, en términos de la LFCE, disminuyan, dañen o impidan la libre concurrencia o la competencia económica, por lo que no releva de otras responsabilidades a los agentes económicos involucrados.

 

Venta

 

La forestal chilena Masisa, con presencia en varios países de Latinoamérica, vendió sus filiales en México a la también chilena Celulosa Arauco por 245 millones de dólares, informó el 19 de diciembre de 2017 la compañía.

 

Esta operación forma parte de un proceso de desinversión de la firma, que además incluye la venta de operaciones en Argentina y Brasil ya concretadas, por unos 503 millones de dólares en total.

 

Los principales activos de Masisa en México consisten en cuatro complejos industriales ubicados en Durango, Chihuahua, Zitácuaro y Lerma, y la transacción debe materializarse en los próximos seis meses, indicó la empresa.

 

Masisa aseguró en ese entonces que esperaría la autorización de la venta por parte de la Comisión Federal de la Competencia Económica de México (COFECE), como parte de las condiciones del contrato.

 

La empresa mantendría su negocio forestal, busca centrar su actividad comercial en negocios de mayor valor agregado en la región andina, Centroamérica, Estados Unidos, Canadá y otros mercados de exportación.

 

Masisa

 

El complejo industria ubicado en Chihuahua, con producción base de tableros aglomerados (particle board) seguirá estando bajo el control de Masisa, aclaración realizada porque en un principio habría entrado en las negociaciones, pero al final no fue así.

Todo este proceso “le permitirá a Masisa focalizar su actividad comercial en negocios de mayor valor agregado en la región del Pacífico (Chile y Países Andinos, México, Estados Unidos, Canadá, Centroamérica y otros mercados de exportación), manteniendo su capacidad productiva para abastecer la región desde Chile, México y Venezuela”, señaló Roberto Salas, gerente general corporativo de Masisa.

 

 

Actores

 

El Expediente CNT-016-2018 fue integrado con una investigación de mercado y parte de las fuentes de información lo fueron las empresas: Proteak, Forros y Tacones, Duraplay, Madijal, Maderas Industrializadas de Jalisco, Panel Art, Triplay y Aglomerados Tany, Triplay Alameda, Triplay Sideri.

Al final la toma de una decisión se basó en diversas consultas y fuentes, como parte de las acciones y funciones que le son atribuidas a la Cofece.

 

Fuente: Cofece

https://www.cofece.mx/CFCResoluciones/docs/Concentraciones/V5941/5/4628007.pdf

Autor: Francisco Barrera

Fotos: Masisa

 

VENTANAS

 

“Con esto Arauco se convierte en el 2º productor y distribuidor de tableros en el mundo”

 

“Desde el punto de vista de Cofece no habría monopolio…pero no es la opinión general”

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